martes, 26 de mayo de 2020

La Suprema Corte dará la razón a pueblos indígenas.

Magdalena Gómez
Mañana la segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolverá sobre el proyecto del ministro Fernando Franco que ratifica el amparo a indígenas zapotecos de San Sebastián Tutla, Oaxaca, por omisión legislativa del Congreso de la Unión en torno a la emisión de una ley de consulta indígena, consistente en regular el derecho de consulta previa libre informada culturalmente adecuada y de buena fe de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, conforme al segundo transitorio de la reforma de 2001 (amparo en revisión 1144/2019).
Este caso ameritaría una etnografía política, pues las cámaras de Diputados y de Senadores del Congreso de la Unión interpusieron recursos de revisión, alegando, entre otros puntos, improcedencia de la omisión y sobre todo destacando que la intervención del Poder Judicial implica violación al principio de división de poderes.
El segundo tribunal colegiado del decimotercer circuito ratificó el amparo que había otorgado el juez de distrito y derivó a la Corte el análisis y resolución en torno a la constitucionalidad. El ministro Franco ofrece en su proyecto razones fundadas para desechar los argumentos del Congreso de la Unión, que incluso alegaron que la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas regula los aspectos establecidos en el artículo 2 constitucional y en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo. A lo cual el ministro ponente precisó que dicha ley ya fue abrogada al aprobarse la que creó al Instituto Nacional de Pueblos Indígenas (INPI) y que si bien en la misma se indica que éste es órgano técnico para la realización de consultas, ése no es el mecanismo ni la instancia para establecer las reglas y procedimientos del derecho a la consulta. Remite, además, a la recomendación de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos sobre la necesidad de emitir la ley de consulta respectiva ( DOF, 12/7/16). La SCJN reconoce que algunas leyes incluyen referencias a la consulta en materias como la de equilibrio ecológico o de energía, pero subsiste la omisión legislativa de una regulación general sobre este proceso, lo cual limita su práctica y exigencia.
En consecuencia, el proyecto señala que deberá iniciar el proceso legislativo correspondiente en el periodo de sesiones que se encuentre en curso o en el siguiente periodo ordinario, por conducto de la Cámara de Diputados y/o la Cámara de Senadores, además de consultar a los pueblos y comunidades indígenas de manera previa en la elaboración de la regulación respectiva, a fin de que la legislación tome en cuenta la opinión de los pueblos y comunidades indígenas mediante un ejercicio participativo de los sujetos a los que se dirige y que con ello se garantice la calidad democrática de su decisión.
¿Cuál es la implicación de esta resolución que esperamos se apruebe en la sesión de la segunda sala de la SCJN? En primer lugar debemos recordar que por el Congreso de la Unión han circulado a partir de 2003 varias iniciativas de ley de consulta, inconsultas y no aprobadas. La Comisión de Asuntos Indígenas de la Cámara de Diputados, al conocer este proyecto, se apresuró a declarar que están próximos a consultar un predictamen. Lo cierto es que está muy documentado y la SCJN ha dictaminado varios casos de consultas omitidas y o simuladas. También es muy importante la precisión de que el órgano técnico, es decir el INPI, no es la instancia llamada a sustituir la omisión de una ley, lo cual implica que los llamados protocolos en que han basado sus intervenciones de consulta no sustentan la legalidad de los ejercicios de foros que no son previos, libres e informados, menos culturalmente pertinentes. Justamente, la consulta simulada en torno al llamado Tren Maya es el más grave y reciente ejemplo de consulta sin estándares internacionales, como señaló la Organización de las Naciones Unidas, y si bien hay elementos suficientes para impugnar ese proceso, como ha planteado el Consejo Regional Indígena y Popular de Xpujil (Cripx), que cuenta con una suspensión definitiva sólo para el área acotada a Calakmul.
De aprobarse el proyecto del ministro Franco, los pueblos dispondrán de elementos adicionales para impugnar el ejercicio de llamada consulta, impulsada por un órgano técnico, como el INPI, de dudosa legalidad.
La Asamblea de Defensores del Territorio Maya Múuch’ Xíinbal, junto a numerosas organizaciones, ha mantenido la denuncia contra el citado proyecto. Justo en tiempos de pandemia, el pasado 8 de mayo, el juzgado segundo de distrito de amparo y juicios penales federales de Chiapas decretó la suspensión provisional del Tren Maya con la admisión al juicio de amparo presentado por un grupo de los municipios de Palenque, Ocosingo y Salto de Agua, pertenecientes al pueblo maya ch’ol y reivindicó el derecho a la salud, pues el inicio de obras plantea un grave riesgo a ese pueblo. Mientras, de parte la oficial, la máxima salinista es la respuesta: ni los veo ni los oigo.

OTRAS INQUISICIONES: Calderón y el Sindicato Mexicano de Electricistas
- mayo 22, 2020         PorRedacción FM.      Pablo Cabañas Díaz.
En el libro Decisiones Difíciles. Felipe Calderón Hinojosa da su versión sobre el proceso de extinción de Luz y Fuerza (L y FC), un episodio en el que Genaro García Luna colaboró para contener a los trabajadores del Sindicato Mexicano de Electricistas (SME). “El cierre de Luz y Fuerza no dependía del Congreso, era una decisión administrativa (…) vimos que el 10 de octubre se jugaba un partido decisivo entre México y El Salvador para lograr el pase al Mundial de fútbol de Sudáfrica. Me pareció la mejor oportunidad para realizar el operativo (…) Cuando Cuauhtémoc Blanco anotó el segundo gol contra El Salvador y el Estadio Azteca estalló, dije: ‘Ya, es ahora o nunca’.
Una duda sobre este episodio ya había sido aclarada el 10 de octubre del 2019, cuando Javier Lozano Alarcón, entonces secretario del Trabajo reveló que la extinción de la empresa paraestatal: “no fue una ocurrencia”. Incluso reveló que el presidente Miguel de la Madrid tenía planeada la desaparición de la paraestatal el 12 de diciembre de 1985, pero las tensiones sociales derivadas del terremoto del 19 de septiembre de ese año lo impidieron.
Calderón, decidió acabar con la paraestatal con el argumento de que no se cumplió con los compromisos de productividad y eficiencia, pero estos problemas por más de tres décadas habían estado presentes. El argumento para la liquidación fue preciso: “la ineficiencia operativa y financiera, que representaba un costo tan elevado que ya no resultaba conveniente para la economía nacional ni para el interés público”.
Una semana antes, la extinción de la empresa era un rumor en los pasillos de la empresa. La dirigencia del sindicato estaba atenta a esa posibilidad. Desde la Secretaría del Trabajo se comenzó a filtrar que se negaría la toma de nota al comité que encabezaba Martín Esparza, lo cual ocurrió a pesar de que el litigio no se había resuelto en la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje.
La decisión tomó casi por sorpresa a los trabajadores, que no esperaban que se tomase una decisión que pondría en riesgo el suministro de energía eléctrica en el Valle de México, una parte de Puebla y zonas del estado de México. El líder del sindicato esperaba una respuesta de Los Pinos a su favor, luego de una multitudinaria marcha en protesta por la negativa a la toma de nota. El entonces secretario particular de Calderón, Luis Felipe Bravo Mena, recibió al líder sindical Martín Esparza y otros miembros  del sindicato y escuchó sus demandas.En la lógica del gobierno el SME era un pasivo al que había que acabar. En el decreto de extinción, se expresaba una realidad que había estado presente por años: “ninguna empresa del mundo reportaba esas pérdidas”.
Calderón tomó la decisión de acabar con el sindicato  después del bloqueo del Periférico Sur en ambos sentidos realizado por integrantes del Sindicato Mexicano de Electricistas (SME), el 4 de septiembre de 2009 por más de siete horas, a la altura de la Secretaría del Trabajo, cuando presionaban para que se le diera la toma de nota a Martín Esparza y a su Comité Ejecutivo Nacional. La ilegalidad de la extinción de Luz y Fuerza del Centro, empezó a generarle reveses al gobierno federa en el sexenio de Peña Nieto: un tribunal resolvió que el despido de los trabajadores no tuvo causa ni motivo justificado, que la CFE era el patrón sustituto y debía reponer las plazas laborales y los salarios caídos a más 16 mil electricistas. En noviembre de 2012 , al revista Proceso dio a conocer un informe de la Secretaría de Energía que muestra  que Calderón sabía que su decreto era ilegal… y aun así lo llevó adelante.

¡CONTRATACIÓN COLECTIVA EN CFE YA!
- mayo 22, 2020